La Directiva 2013/59/Euratom del Consejo de 5 de diciembre de 2013 por la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, establece en el apartado 28 de la introducción que se “debe proponer requisitos más estrictos en cuanto a la información que debe proporcionarse a los pacientes, el registro y la notificación de las dosis de los procedimientos médicos, el uso de niveles de referencia para diagnóstico y la disponibilidad de dispositivos indicadores de dosis”. Ante el desarrollo de estos conceptos en el citado documento y la posterior transposición a la ley española mediante el Real Decreto 601/2019, de 18 de octubre, sobre justificación y optimización del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas, la Sociedad Española de Protección Radiológica (SEPR) y la Sociedad Española de Física Médica (SEFM) crearon un grupo de trabajo para describir los requisitos que debe cumplir un sistema de registro y gestión de dosis.. |