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[#1996] - Bucles magnéticos sordos

EXPERTO SEPR - [#1996] Hace 2 semanas.
Hola. Se van a instalar bucles magnéticos en mamparas de mostradores de atención de usuarios en centros de salud para mejorar la comunicación con personas sordas. Necesitamos saber si hay contraindicación para trabajadores y usuarios que lleven dispositivos médicos implantados como marcapasos ,desfibriladores.Si puede ocasionar algún problema y las recomendaciones al respecto. En la documentación técnica de los bucles no vienen reflejado nada al respecto .Muchas gracias
ALEJANDRO UBEDA MAESO EXPERTO SEPR - [#1966] Hace 1 día.
Estimada señora,

Para poder dar respuesta a su consulta hemos hecho una revisión de la información sobre las características técnicas de los bucles magnéticos instalados en mostradores, y nos hemos puesto en contacto con varias compañías que suministran ese tipo de dispositivos de ayuda a discapacitados auditivos.

Conviene aclarar que los bucles magnéticos no funcionan mediante la emisión de radioseñales, sino que se basan en un fenómeno de inducción mediante la generación de campos magnéticos con frecuencia de audio (f = 200 – 5000 Hz) en la región de influencia en torno al mostrador. En esa zona, la densidad de flujo magnético (“intensidad” del campo magnético) es máxima a nivel de la bobina y se va reduciendo significativamente al alejarse de esta, siguiendo una función inversa del cuadrado de la distancia a la bobina.

En lo referente al funcionamiento del equipo y de la exposición del trabajador y del cliente o ciudadano en las inmediaciones del mostrador, es fundamental tener en cuenta que la información subsiguiente solo es válida si el equipo y su instalación se atienen rigurosamente a lo establecido en la norma UNE-EN IEC 60118. La inobservancia de este imperativo legal por parte del distribuidor o del instalador podría conducir a disfunciones del equipo y, tal vez, a sobreexposición de sus usuarios al campo magnético.

En general, el campo magnético creado por los bucles de mostrador alcanza tanto al trabajador como al ciudadano atendido. Así lo establece la norma 60118-4, que contempla la posibilidad de que el trabajador sea asimismo usuario de audífono o implante coclear.

En cuanto al intervalo de exposición al campo magnético, el ciudadano solamente resultará expuesto durante su consulta o gestión, pero el trabajador se verá expuesto mientras permanezca en el mostrador. Técnicamente, cabría la posibilidad de que el trabajador tuviera la opción de activar el dispositivo solamente cuando hubiera de atender a una persona discapacitada. Sin embargo, la legislación española sobre accesibilidad determina que esas personas no necesitarán identificarse como discapacitadas para poder utilizar un dispositivo de apoyo como es el bucle magnético, que deberá permanecer activo mientras ese puesto de atención esté operativo. Ahora bien, si una vez fuera del horario de atención, el titular del recinto decide bajar los interruptores eléctricos, el bucle magnético quedará inactivado hasta que se vuelvan a levantar dichos interruptores.

En cuanto a los niveles de exposición del trabajador, para abarcar el rango de cobertura establecido por la norma 60118-4, el valor promedio de densidad de flujo magnético del campo aplicado está calculado en B ≈ 0,4 µT (microteslas). En esas condiciones, no existe riesgo de disfunción por inducción magnética en implantes activos como marcapasos, desfibriladores, bombas de infusión, etc. Tampoco existe actualmente evidencia experimental o epidemiológica de que la exposición ocupacional a campos magnéticos de esa magnitud suponga algún tipo de riesgo para la salud del trabajador. Desde un punto de vista legal, la norma potencialmente aplicable a la materia que nos ocupa sería el Real Decreto 299/2016, “sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos” (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-7303). Ese real decreto está diseñado para garantizar la protección contra potenciales efectos neurológicos o térmicos (según la frecuencia de la señal) de la exposición ocupacional a campos eléctricos y magnéticos. La norma establece unos niveles de acción (umbrales de exposición) de B = 100 – 1000 µT para campos magnéticos en el rango de frecuencia que nos interesa en este caso: f = 300 – 3000 Hz. Por lo tanto, el citado valor de densidad de flujo 0,4 µT estimado en el entorno de los bucles magnéticos de mostrador, estaría, en promedio, alrededor de 3 órdenes de magnitud por debajo de los umbrales de exposición ocupacional establecidos por la ley.

Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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