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[#2196] - Torre elèctrica

EXPERTO SEPR - [#2196] Miércoles, 03 Abril 2024
Buenas,
Ante todo, muchas gracias por vuestro servicio.
Estamos mirando un terreno que está a escasos metros de una torre eléctrica. Hemos solicitado información en urbanismo sobre la relación del terreno y la torre y nos han derivado http://www.redeia.com. Hemos preguntado por normativas de construcción cerca de Torres Eléctricas y, en especial, información sobre la torre eléctrica en cuestión para saber si es perjudicial para la salut, etc. Nos han enviado un documento que, sinceramente, no logramos entender, lo adjuntamos por si nos podéis aclarar algo. Y también preguntar si vosotros sabéis de la existencia de algún tipo de normativa general respecto a lo comentado anteriormente o de algún sitio donde acudir para recibir esta información. Muchísimas gracias por vuestra ayuda.
ALEJANDRO UBEDA MAESO EXPERTO SEPR - [#2158] Jueves, 04 Abril 2024
Estimada señora,

Encontramos que el informe que le remite la compañía eléctrica sobre la normativa de construcción en las proximidades de líneas de 220 kV es completo y correcto. Se trata de datos técnico precisos sobre condiciones y distancias de seguridad para la instalación de diversas estructuras. Pero esos datos nada tienen que ver con la protección ante las radiaciones de baja frecuencia emitidas por los cables de la línea. Si ustedes desean construir en el terreno en cuestión, conviene que consulten a arquitectos o peritos para que les asesoren en el cumplimiento de la normativa citada y descrita en el documento que les envía la compañía eléctrica.

En lo referente a protección radiológica, la legislación vigente de protección del público ante campos electromagnéticos (Real Decreto 1066/2001) solo establece restricciones a la exposición a señales de radiocomunicación. Por lo tanto, no existen límites legales para la exposición del público a los campos de 50 Hz emitidos por líneas eléctricas. No obstante, el texto del citado Real Decreto aconseja que este tipo de exposición no supere el valor de 100 microteslas (µT). En documento adjunto encontrará un gráfico que ilustra los niveles medios (no muestra las desviaciones con respecto a esos valores medios, que pueden ser significativas) de campo en función de la distancia a líneas eléctricas aéreas de distintos voltajes. A partir de esos datos, comprobará que, incluso a cortas distancias de las líneas de 220 kV o más, los niveles de campo no alcanzan el umbral de 100 µT. En consecuencia, por lo que respecta a la normativa de protección radiológica vigente, la exposición residencial a los campos emitidos por las líneas eléctricas sería inocua.

Dicho lo anterior, no podemos dejar de mencionar que algunos expertos consideran deseable que el nivel promedio de exposición en el conjunto de los espacios interiores de viviendas unifamiliares no alcance niveles superiores a 0,3 µT. Tal recomendación se en un conjunto de datos epidemiológicos sobre leucemia infantil. Esos datos sugieren que la exposición residencial crónica a campos de 50-60 Hz con una densidad promedio superior a 0,3 - 0,4 µT podría incrementar ligeramente el riesgo de desarrollar leucemia en sujetos menores de 16 años de edad. Dicho incremento sería de un orden no superior a 1,8X; es decir, que siendo de aproximadamente 5 casos por cada 100.000 niños (5/100.000) la incidencia espontánea anual de leucemia infantil, la probabilidad estadística de que un menor de 16 años desarrollase una leucemia por el hecho de haber estado expuesto residencialmente a campos promedio superiores a 0,3 – 0,4 µT durante su infancia, solo se elevaría hasta un máximo de 9/100.000 al año.

Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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