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[#2478] - REVISIONES EQUIPO DE INSPECCION DE RAYO X PAQUETERÍA EN DESHUSO

EXPERTO SEPR - [#2478] Martes, 01 Octubre 2024
En un aparato de inspección de paquetería por rayos X que se encuentre almacenado, desconectado y en desuso: ¿son obligatorias las inspecciones y mantenimiento por empresa autorizada? ¿A qué normativa debo referirme en este caso?
CARMEN ALVAREZ GARCIA EXPERTO SEPR - [#2465] Lunes, 07 Octubre 2024
Buenos días
En relación con su consulta le comunico que el usuario de un equipo con aprobación de tipo como aparato radiactivo está sujeto al condicionado de la Aprobación de Tipo de dicho aparato. Entre los requisitos están la verificación anual de los parámetros que afectan a la seguridad y protección radiológica (enclavamientos, señalizaciones, tasa de dosis a 0,1 m de cualquier superficie accesible inferior a 1 µSv/h), que puede realizarla la empresa de asistencia técnica autorizada o una UTPR que tenga en su autorización poder realizar los ensayos de equipos con vistas a su aprobación de tipo como aparato radiactivo. Si esto no se hace, el equipo ya no está cubierto por esa aprobación.
En este caso, la empresa de asistencia técnica, debe informar al usuario de este asunto e instarle a que den un destino reglamentario al equipo si es que no quieren utilizarlo. En el caso de no deshacerse del equipo o darle un destino reglamentario, previo a ponerlo de nuevo en servicio (si ha estado mucho tiempo en desuso) se deberá hacer una revisión por el servicio de mantenimiento y fundamentalmente, una comprobación de los parámetros que afectan a la seguridad y protección radiológica por una entidad autorizada.
La empresa de mantenimiento se debe atener al Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas y a la Resolución de la Aprobación de Tipo del aparato.
Un saludo

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