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Protección radiológica del público y el medio ambiente

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[#1618] - Sust radiactivas

EXPERTO SEPR - [#1618] Hace 2 semanas.
Esta mañana al bajar a las zonas comunes de mi urbanización escuché comentar a una vecina que tiene cáncer que vive en mi bloque (nos separará una distancia de unos 8 metros entre su piso y el mío) que iban a inyectarle una sustancia radiactiva (no sé si para diagnóstico o como un tratamiento prolongado). Me he preocupado porque estoy embarazada y temo que nos pueda llegar algo al estar cerca, sobre todo si es un tratamiento prolongado y no algo puntual. Es seguro para el feto que permanezca en mi casa este tiempo?. No tengo ni idea de cómo será su tratamiento ya que no la conozco personalmente.
Muchas gracias por su atención.
CARMEN ALVAREZ GARCIA EXPERTO SEPR - [#1559] Hace 1 semana.
Buenos días

En relación con su consulta, como usted podrá comprender con los datos que nos aporta, no se le puede dar una respuesta concreta a su pregunta, de todas maneras le informo de lo siguiente que la puede servir de ayuda:

La utilización de material radiactivo en cualquier Instalación Radiactiva está regulado en el Reglamento sobre Instalaciones Nucleares y Radiactivas y en el Reglamento sobre Protección de la Salud contra los riesgos derivados de la Exposición a las Radiaciones Ionizantes. En la aplicación de ambos Reglamentos se pone de manifiesto que estas actividades están controladas e inspeccionadas regularmente por el Consejo de Seguridad Nuclear que es el Organismo regulador español en esta materia, todo ello con independencia de las actividades que, de acuerdo con sus competencias, ha de realizar el Ministerio de Sanidad.

En aplicación de nuestra reglamentación, se puede concluir que, como norma general, no tiene porque suponer un riesgo indebido de irradiación externa el hecho de habitar en el mismo edificio de la persona a la que usted se refiere, tanto si se trata de una prueba diagnóstica como si se trata de una paciente sometida a tratamiento ambulatorio, que sería el caso más restrictivo.

No hay motivo para que se alarme, de todos modos, para reducir la exposición a la radiación se pueden aplicar las conocidas reglas de "distancia, tiempo y blindaje", por lo que el riesgo de irradiación se controla con el tiempo y la distancia a la que se está en presencia del paciente, 8 metros es una distancia suficiente para que usted no reciba ninguna dosis de radiación que provenga de esa persona, puede usted perfectamente seguir estando en su casa.

Así mismo, en los casos de tratamientos ambulatorios, a los pacientes al abandonar el ámbito hospitalario se les da unas instrucciones personalizadas del modo de proceder en: sus desplazamientos, en su domicilio, de cómo tratar sus excretas y de su posible aislamiento si fuese necesario. Todas las altas radiológicas son personalizadas y están en función del entorno familiar y social del paciente. Como norma general, los pacientes tienen que seguir acudiendo al hospital, hasta que terminen su tratamiento y reciban el alta médica.

En todos los casos, los médicos nucleares deberán aclarar al paciente y a su acompañante dichas instrucciones personalizadas que deben seguir cumpliéndose en función del tipo de tratamiento, de la actividad suministrada y de la tasa de dosis a la salida del hospital.

Un saludo

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