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Radiaciones no ionizantes

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[#2001] - cableado de alta tension por encima de terreno rustico

EXPERTO SEPR - [#2001] Hace 1 semana.
Buenas, queremos hacer en un terreno rustico una pequeña nave para aperos, el problema es que cerca de la entrada al terreno pero dentro del mismo pasan unos cables de (suponemos que es alta tension), y no sabemos a que distancia de ellos debemos construir la nave, y como de perjudicial para la salud sería, teniendo en cuenta que solo pasariamos algunas horas allí. Por internet se lee que si 5 metros y otros dicen 7, la verdad es que es un fastidio porque aunque el terreno es grande la idea es hacer la nave lo mas proxima a la entrada, por seguridad y organizacion del resto del terreno.
Decir que ese tendido pasa por encima de naves agricolas y fincas de recreo de la zona, pero yo antes de empezar nada quería estar mas seguro.
Adjunto fotos del terreno en el que dificil pero se puede apreciar el cableado y otra imagen con el tipo de torretas situadas en la fincas contiguas.
Muchas gracias
ALEJANDRO UBEDA MAESO EXPERTO SEPR - [#1960] Hace 3 días.
Estimado señor,

Por alguna razón, la fotografía a la que usted alude no nos ha llegado. En el ayuntamiento de su localidad deberían contar con información sobre las características de la línea eléctrica en cuestión. En lo que respecta a la protección del público ante la exposición a radiaciones no ionizantes, la legislación española no establece distancias de seguridad, así que esas cifras de 5 o 7 metros con respecto a la vertical de una línea eléctrica no tienen aplicaciones en materia de seguridad radiológica. La única evidencia objetiva sobre potenciales efectos indeseados por exposición residencial a campos de 50-60 Hz relativamente intensos -tengan estos su origen en el exterior (líneas eléctricas) o el interior de la vivienda (cableado incorrecto, electrodomésticos, etc.)- son los aportados por algunos estudios epidemiológicos cuyos resultados muestran indicios de un ligero incremento en la incidencia de leucemia en niños expuestos crónicamente desde la primera infancia (incluso en fases prenatales) en sus viviendas. Pero no existen datos epidemiológicos similares indicativos de ese tipo de efectos en adultos por exposición crónica residencial, y mucho menos en casos de exposición no residencial, ya sea en ambientes exteriores o en interiores, como el de la nave que usted describe. La conclusión, si nos atenemos a esos datos, es que podría usted ubicar esa construcción en el espacio que considere más conveniente desde el punto de vista de la utilidad; siempre observando la normativa vigente sobre seguridad frente a accidentes por descargas eléctricas o daños en la línea.

Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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