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[#1647] - Radiación wifi en las escuelas

EXPERTO SEPR - [#1647] Hace 2 semanas.
Buenos días,

Les escribo preocupada para consultar sobre las radiaciones de la red wifi en el instituto de mi hija, donde hay unos 300 alumnos y cada uno va con su propia tablet.

Desconozco las especificaciones técnicas del wifi del instituto. No sé si todavía van con 4G o si ya tienen 5G (o si eso supone alguna diferencia para esta consulta). Si tienen 5G, tampoco sé si la frecuencia es 700 MHz o 3,5 GHz. ¿Me recomiendan ustedes que lo averigüe o es irrelevante para el caso?

Con tantas tablets, mi suposición es que, en cualquier caso, el nivel de radiación no-ionizante es alto. Tampoco sé cuan cerca está mi hija del router cuando está en clase, aunque van cambiando de aula a lo largo de la mañana. ¿Es cierto que si los niños están a más de 5 metros del router el problema disminuye notablemente?

Mi pregunta es: ¿consideran ustedes que el ambiente pueda ser potencialmente más nocivo con un wi-fi que dé para tantas tablets?
¿Tiene la autoridad competente obligación de medir esos niveles antes o durante de la instalación del wifi cuando se tiene que dar cobertura a tantos dispositivos? Como ciudadana particular, ¿puedo acceder yo a los resultados de esas mediciones o incluso pedir si me dejan hacer una medición privada, pagándola de mi bolsillo?

¿Qué podemos hacer?

Muchas gracias por toda su labor, nos están ayudando mucho

Un cordial saludo
ALEJANDRO UBEDA MAESO EXPERTO SEPR - [#1587] Hace 2 semanas.
Estimada señore,

Es poco probable que actualmente esa red Wi-Fi esté funcionando mediante el tipo de señales milimétricas (MMW) de muy alta frecuencia, direccionales, de corto alcance y poco penetrantes exclusivas del sistema 5G. Es más probable que se estén usando emisiones omnidireccionales de señales en el rango de los 2,4 – 6 GHz. En efecto, el uso simultáneo de numerosas tablets supone una exposición de los pequeños a ese tipo de señales, emitidas no solamente por el router Wi-Fi, sino también por cada uno de los dispositivos individuales manejados por los niños. Sin embargo, a día de hoy no existe constancia epidemiológica de que ese tipo de exposición ponga en riesgo a corto plazo la salud de los escolares.

Respondiendo a sus restantes preguntas: la autoridad sanitaria no tiene obligación de hacer mediciones, a no ser que existan sospechas fundadas de que la exposición rebasa los límites marcados por la legislación sobre protección del público (RD. 1066/2001). Y difícilmente podrán sobrepasarse tales límites, ya que se basan en criterios térmicos que buscan evitar la inducción de niveles potencialmente nocivos de hipertermia en las personas expuestas. Para realizar mediciones sufragadas por usted, será necesario que obtenga el correspondiente permiso del centro. En ese caso, debe usted tener en cuenta que la realización de ese tipo de mediciones es compleja y puede rendir datos relativamente imprecisos, aunque el trabajo sea realizado por técnicos expertos que utilicen equipamiento profesional y protocolos avanzados.

Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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