En general, los posibles efectos sobre la salud de los campos electromagnéticos emitidos por sistemas radioeléctricos, como las antenas a las que se refiere, serían efectos térmicos en caso de exposición a
niveles muy elevados. Hasta el momento, el conocimiento científico no ha podido demostrar otros posibles efectos sobre la salud por exposición a los niveles habituales en el entorno, aunque siguen siendo objeto de vigilancia e investigación. La normativa vigente, el Real Decreto 1066/2001, establece tanto las restricciones sobre las emisiones radioeléctricas y las medidas de protección sanitaria para evitar dichos efectos térmicos, como la regulación del despliegue y del control anual de las instalaciones radioeléctricas. Si desea conocer los niveles de emisión en proximidad a su piso, puede consultarlo en la página https://geoportal.minetur.gob.es/VCTEL/vcne.do
Comentarle, además, que entre las exigencias para la instalación de las antenas, figura la presentación de su diagrama de radiación para fijar las zonas de exclusión y las distancias de protección. Las dimensiones de este volumen de seguridad o paralelepípedo de protección se establecen a partir de las propias características de las antenas. Asimismo, consideran el control de potencia -adoptando los niveles mínimos compatibles con la calidad del servicio-, el entorno en el que se instala la antena para evitar la incidencia del diagrama de radiación sobre edificios, terrazas o áticos, y la minimización de los niveles de emisión hacia zonas sensibles (centros de salud, hospitales, colegios, parques públicos, …).