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[#2645] - Consulta antenas

EXPERTO SEPR - [#2645] Jueves, 23 Enero 2025
Buenos días. Me gustaría tener información sobre si hay efectos sobre la salud de las antenas que quieren instalar en un edificio próximo: son dos antenas parabólicas de microondas de alta frecuencia (28 Ghz y 23Ghz) y 3 antenas panel, de media frecuencia (380-500 MHz).
Quedo a la espera de sus comentarios.
Muchas gracias y un saludo.
Aránzazu Sanchis Otero EXPERTO SEPR - [#2663] Viernes, 28 Febrero 2025
Estimada señora:

En general, los posibles efectos sobre la salud de los campos electromagnéticos emitidos por sistemas radioeléctricos, como las antenas a las que se refiere, serían efectos térmicos en caso de exposición a niveles muy elevados. La normativa actual, el Real Decreto 1066/2001 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-18256, regula el despliegue de instalaciones radioeléctricas y establece, junto con las medidas de protección sanitaria, restricciones sobre las emisiones radioeléctricas. Hasta el momento, el conocimiento científico actual no ha podido demostrar otros posibles efectos sobre la salud por exposición a los niveles habituales en el entorno, aunque siguen siendo objeto de vigilancia e investigación.

Las antenas de 23 GHz y 28 GHz a las que se refiere, posiblemente sean puntos de enlace dentro de un sistema de protección como TETRA (Terrestrial Trunked Radio) empleada por cuerpos de seguridad y servicios de emergencia, como policía, bomberos, etc... Dentro de una red de transporte, permiten el enlace punto a punto para conectar la estación base con el centro de control correspondiente. Estas antenas, no estando destinadas a proporcionar cobertura zonal, son muy directivas por su propia función de enlace y presentan diagramas de radiación extremadamente estrechos. De ahí que los niveles de emisión en proximidad a éstas sean realmente bajos.

En relación con los paneles de 380-500 MHz, seguramente estén relacionados con el mismo TETRA, pero en este caso para dar cobertura zonal. Las restricciones para las emisiones de esta tecnología para protección sanitaria de la población están recogidas en el RD 1066/2001 https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-18256. El mismo recoge, además, las exigencias para su instalación, entre las que figura presentar el diagrama de radiación de la antena y fijar las zonas de exclusión y las distancias de protección. Las dimensiones de este volumen de seguridad o paralelepípedo de protección se establecen a partir de las características de las antenas. Asimismo, se consideran los niveles mínimos de potencia compatibles con la calidad del servicio, el entorno en el que se instala la antena para evitar la incidencia del diagrama de radiación sobre edificios, terrazas o áticos, y la minimización de los niveles de emisión hacia zonas sensibles (centros de salud, hospitales, colegios, parques públicos, …).

Atentamente,

Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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