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[#3033] - quien puede usar un aparato de rayos X

EXPERTO SEPR - [#3033] Lunes, 17 Noviembre 2025
Puede un medico de familia o un traumatólogo, en ausencia de técnicos de rayos, emplear la maquina correspondiente y realizar una radiografía para ver un brazo roto por ejemplo?
Necesitan para ello el curso de director o de operador de rayos X o les basta su titulación universitaria.

Podría un enfermero con el titulo de operador de instalaciones de radiodiagnostico realizar esa misma radiografia?

Gracias
CARMEN ALVAREZ GARCIA EXPERTO SEPR - [#3019] Jueves, 20 Noviembre 2025
Buenos días
En contestación a su consulta le comunico que para trabajar en instalaciones de Radiodiagnóstico médico con Rayos X, ha de estar en posesión de una Acreditación en protección radiológica concedida por el CSN, según se establece en el Real Decreto 1085/2009 de 3 de julio, sobre Instalación y utilización de aparatos de Rayos X confines de Diagnóstico Médico, artículos 22 y 23..
Estas acreditaciones concedidas por el Consejo de Seguridad Nuclear lo serán a los únicos efectos de reconocer la formación en protección radiológica, sin perjuicio de las titulaciones y requisitos que le sean exigibles en cada caso, en el orden profesional y por razón de las técnicas aplicadas: (artículo 23 del Real Decreto 1085/2009 de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico).
Lo expresado en el párrafo anterior quiere decir que las acreditaciones para operar en una instalación de rayos X médicos y como director que concede el CSN, son exclusivamente de formación en protección radiológica, después el empleador es quien tiene que definir que titulación ha de tener el personal que ocupe los diferentes puestos de trabajo en la instalación. Por ejemplo, el personal de enfermería que disponga de la acreditación del CSN para operar las instalaciones, atendiendo exclusivamente a su formación en protección radiológica, si podría manejar los equipos de rayos x, pero si no dispone de la titulación que el Hospital o el Centro Médico exija para el desarrollo de esta actividad, no debería hacerlo aunque tenga la acreditación en protección radiológica. Lo mismo ocurre con aquellos profesionales que dispongan de la acreditación como director (médico de familia, traumatólogo)
Finalmente, si desea mas información sobre esta cuestión, podría dirigirse a la Asociación Española de Técnicos en Radiología http://www.aetr.net
Un saludo

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