El primer principio del Sistema de Protección Radiológica es la justificación basándose en la relación riesgo-beneficio, lo que quiere decir que el beneficio para usted de la realización de esas pruebas, ha de superar el potencial riesgo al que se expone con las mismas; así pues, sus médicos considerarían que estos exámenes estaban justificados para poder diagnosticar mejor su problema y necesitarían la información de esas exploraciones para poder planificar adecuadamente su diagnóstico y posterior tratamiento o intervención.
Con los datos que usted nos aporta y suponiendo que las unidades son mGycm, la dosis efectiva estaría entorno a 20 mSv.
Hay autores que consideran que el riesgo adicional de cáncer por recibir 40 mSv en varios TC abdominales es, en el transcurso de la vida de un adulto, del orden de 1 por 500 (National Radiological Protection Board. Protection of the Patient in X-ray Computed Tomography (ISBN 0 85951 345 8) London: HMSO. 1992). Pese a todo, esto representa un incremento pequeño del riesgo comparado con el elevadísimo riesgo general de padecer un cáncer (casi 1 por 3) (Comisión Europea. Guía de indicaciones para la correcta solicitud de pruebas de diagnóstico por imagen. Colección Protección Radiológica nº 118. 2001). Otro dato a tener en cuenta es que la comisión internacional de protección radiológica indica que si el feto recibe dosis inferiores a 100 mSv el riesgo de tener efectos radio-inducidos de cualquier tipo es despreciable.