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[#1688] - Radiación ionizante

EXPERTO SEPR - [#1688] Hace 3 semanas.
Buenos días, trabajo en una clínica dental y estoy embarazada. Mi puesto de trabajo está literalmente contiguo a la sala de rayos donde se hacen cbts y ortopatomografía. He preguntado si la sala está plomada pero no me han sabido contestar.
Mi pregunta es,¿en caso de que no estuviera plomada existe algún tipo de riesgo para el desarrollo de mi embarazo?
Y de ser así, aveces tengo que reunirme con pacientes, por lo que no podría poner distancia. ¿Hay alguna forma de protegerme en esos casos?
Muchas gracias de antemano, un saludo.
CARMEN ALVAREZ GARCIA EXPERTO SEPR - [#1644] Hace 1 semana.
Buenos días
En relación con su consulta la comunico que con los datos que usted nos aporta, no podemos decirle nada relativo a la situación del despacho contiguo a la sala de rayos X ya que nos faltan datos importantes para poder hacer una valoración.
Indicarle que las radiaciones no se acumulan en el cuerpo y que los seres vivos han desarrollado mecanismos de reparación celular para minimizar los daños producidos por las radiaciones ionizantes y por otros agentes que pueden causar esos mismos daños. Nuestros mecanismos de reparación hacen que podamos vivir sin problemas entre 2 y 200 mSv/año (mili Sievert al año).
Pensamos que usted debería ponerse en contacto con el encargado de la protección radiológica de la Unidad Técnica de Protección Radiológica (UTPR) que da servicio y asesoramiento a su clínica, quién deberá tener conocimiento y control de la situación real de dicha clínica. Con toda seguridad que le podrá explicar a usted con datos realistas cual es la situación de su despacho.
Por otro lado la informamos que, como norma general, el riesgo de efectos adversos inducidos por la radiación en exámenes de radiodiagnóstico dental, es muy bajo. La magnitud que se utiliza para estimar el riesgo radiológico es la dosis efectiva expresada en mili Sievert (mSv). Esta magnitud se refiere al riesgo de que se produzcan efectos radioinducidos en todo el cuerpo. En esta línea, y a modo orientativo, la dosis efectiva media que recibiría el paciente por una ortopantomografía es de 0,025 mSv, por una Tomografía Computarizada de Haz Corto (CBCT) de 0,15 mSv, por un CT dental (Tomografia Computarizada Dental) es de 0,35 mSv, y menor de 0,01 mSv por cualquier radiografía intraoral.
Para que se haga usted una idea, estas exploraciones suponen una dosis de radiación muy inferior al límite de dosis permitido y reglamentado para los miembros del público que es de 1 mSv/año. Con esta dosis, e incluso muy por encima de ella, no se han encontrado efectos adversos debidos a la radiación.
Según se establece en el artículo 12 del Real Decreto 1029/2022 de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre Protección de la Salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes, las condiciones de trabajo de una mujer embarazada serán tales que la dosis equivalente al feto no exceda de 1 mSv desde la comunicación de su embarazo hasta el final del mismo. Ha de tener en cuenta que usted en su despacho no recibe nunca radiación directa, esta solo la recibe el paciente.
En relación con la situación que nos indica de que se tiene que reunir con los pacientes, no se preocupe en absoluto, ya que los pacientes no contienen material radiactivo y las exploraciones con rayos X no afectan al entorno del paciente.
No creemos que vaya a tener ningún problema, de todos modos, es conveniente que se ponga en contacto con la UTPR encargada de la protección radiológica de la Clínica.
Un saludo

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