¡Asóciate! Conoce las ventajas de ser socio de la SEPR. Más info    

Trabajadores sanitarios

Pregúntale a la SEPR

MEDIDAS PROTECCIO RADIOLOGICA

  •  
    - [#251] 08/05/19
    Buenas días, me dirijo a ustedes ya que tengo una duda sobre cuanta radiación llevo en un año.

    Trabajo actualmente como TECNICO EN IMAGEN PARA EL DIAGNOSTICO en un centro de salud público de la comunidad de Madrid, cubriendo una baja por enfermedad, de momento llevo un mes y medio SIN DOSIMETRO.

    El caso es que en julio del 2018 me operaron de un CONDROSARCOMA EN EL FEMUR IZQ DE GRADO I.
    antes, durante y después de la operación, me han hecho bastantes pruebas _
    -TACS
    -RXS
    -GAMMAGRAFIA OSEA
    - Rx CON EL ARCO DE QUIROFANO

    todas estas pruebas, más las que tengo ahora en junio que es un TAC Y RXS y el estar trabajando en rayos convencional, me preocupa un poco saber cuanta radiación llevo, ya que tengo 31 años.

    Como podría averiguar cuantos MSV llevo en un año???
    A la espera de su contestación.
    GRACIAS
  •  
    EXPERTO SEPR - [#228] 09/05/19
    Estimada amiga,

    De entrada, debe resaltarse que no hay límites de dosis de radiación aplicables a los pacientes, es decir, ninguna cantidad de radiación se considera excesiva para un paciente si el procedimiento está justificado adecuadamente por parte de un médico. Pero además, las dosis que reciben los trabajadores expuestos como consecuencia de exámenes y tratamientos médicos no son tenidas en cuenta en el cómputo de las dosis realizado para evaluar el cumplimiento de los límites recogidos en la reglamentación.

    Hecha esta aclaración, en relación con la primera situación a que hace referencia (trabajar como técnico de imagen para el diagnóstico sin dosímetro), le recomendamos que contacte con la persona acreditada para dirigir la instalación de radiodiagnóstico o el Servicio/Unidad Técnica de Protección Radiológica que tenga encomendada la protección radiológica de la instalación, para poner en su conocimiento la situación, analicen las causas por las que ha iniciado su trabajo sin disponer de vigilancia dosimétrica y procedan a proveerle dicha vigilancia. Si el titular o en quien éste hubiera delegado dichas funciones no atendieran a su solicitud, puede poner en conocimiento del CSN esta situación a través del buzón de denuncias que dicho organismo tiene habilitado en su página web (https://www.csn.es/formularios-denuncias).

    Respecto a las dosis que usted ha recibido como paciente, como le decíamos al principio, todas las exploraciones radiológicas deben estar justificadas por el médico que solicita la prueba y por el especialista en radiodiagnóstico, que son los que disponen de toda la información clínica del paciente. Esto exige poner en la balanza los beneficios y los riesgos del examen o procedimiento previsto, tomando en consideración otras exploraciones alternativas, en las que no se utilice radiación ionizante.

    Una vez que una exposición está justificada, sí puede decirse que el beneficio de la realización de la misma es inmensamente superior al riesgo que puede suponer la dosis de radiación recibida. El estudio radiológico debería realizarse siempre con la dosis tan baja como sea razonablemente posible para asegurar una calidad de imagen adecuada, y debe evitarse repetir exámenes innecesariamente. Sin embargo, algunas repeticiones de exámenes son necesarias para monitorizar la evolución de la enfermedad y/o del tratamiento de la misma.

    Por todo ello, en esta sección no se contempla ni la justificación de las dosis recibidas por los pacientes en el ámbito de las exposiciones médicas ni la evaluación del riesgo que dichas dosis suponen ni, por supuesto, la estimación individualizada de las mismas.

    Para todas estas cuestiones deberá dirigirse al médico que ha solicitado las pruebas o al Servicio de Radiodiagnóstico que las haya realizado.

    Atentamente,
    SEPR

Acceso a socios

users icon