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Tengo una paciente de 6 SG a la que le han realizado una RM craneal el día 20 de octubre. Al tener reglas irregulares no sabía que estaba embarazada. Consulta para saber el riesgo de teratogenicidad. ¿Podrían ofrecerme dicha información?

Estimado doctor,
 
Como usted sabe, existe una recomendación general de que, excepto cuando las circunstancias lo aconsejen expresamente, las embarazadas no sean sometidas exploraciones de imagen por resonancia magnética (IMR), y de que las gestantes que trabajan en unidades de IMR se mantengan alejadas de los equipos emisores.
 
Debido a la observancia general de tales prácticas cautelares, carecemos en la actualidad de datos epidemiológicos fiables sobre el potencial nivel de riesgo (si es que tal riesgo existe) por daño teratógeno o de otro tipo sufrido por el embrión de gestantes sometidas a IRM. En lo que se refiere a la evidencia experimental, esta se ha revelado poco consistente, por lo que tampoco permite llegar a una evaluación válida de riesgos potenciales.
 
Así las cosas, debemos remitirnos a conocimientos clásicos de la física de la IMR. Como usted sabe, los equipos de resonancia exponen al paciente a una combinación de campos. Simplificando, podemos hablar de dos tipos de campos: un campo magnético estático (de imán) de muy alta densidad, y campos electromagnéticos de frecuencias relativamente elevadas, en el rango de las radiofrecuencias (RF.) Según las directivas europeas, los efectos nocivos del campo estático se darían por inducción de corrientes eléctricas intensas en cuerpos que se desplacen a cierta velocidad en el seno del campo (cuerpos que atraviesen rápidamente las líneas de campo magnético.) Las mismas directivas consideran que el único efecto nocivo de las señales de RF viene determinado por incremento significativo (dT > 1 ºC) de la temperatura del tejido expuesto.
 
En el caso que describe usted en su consulta, cabe asumir que la exposición craneal de la paciente a la señal RF durante la exploración no ha provocado en ningún momento un estímulo térmico significativo a nivel del embrión. Primero, porque la distancia que media entre la fuente de la señal y el embrión es demasiado grande para que tal efecto se dé. Segundo, porque la mayor parte (refiriéndonos aquí a potencia) de la señal habrá sido absorbida por los tejidos de la paciente. En cuanto a la exposición al campo estático, al mantenerse la madre inmóvil durante la exploración, no cabe esperar inducción de corrientes eléctricas intensas en los tejidos embrionarios. Y puesto que hablamos de campos o radiaciones no ionizantes, la energía absorbida se disipa inmediatamente. De forma que, finalizada la exploración, el nivel de radiación remanente en el cuerpo del sujeto es nulo.
 
Si nos atenemos a estos razonamientos, habríamos de concluir que el riesgo de daño embrionario debido a la exploración de IRM sería mínimo. Si bien, como usted sabe, nunca contemplamos escenarios de riesgo nulo, máxime cuando se trata de un organismo tan vulnerable a agentes externos como es el embrión temprano de mamíferos. Por eso, y manteniendo la idea de que en este caso el riesgo, de existir alguno, sería mínimo, tal vez desee usted recomendar un seguimiento de la gestación más profundo o frecuente de lo habitual.
 
Esperamos que esta respuesta satisfaga las expectativas de su consulta.
 
Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiaciones No Ionizantes, SEPR 

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