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[#2202] - Torre de alta tensión

EXPERTO SEPR - [#2202] Viernes, 05 Abril 2024
Hola, gracias por atenderme, me han enviado una carta en la que me dicen que me van ha poner una torre de alta tensión en mi propiedad a unos 100m. De mi casa ,vivienda habitual,
Mi pregunta es, puedo hacer algo para que no la pongan, hay peligro para la salud
Gracias
Tengo 15 días para contestar.
ALEJANDRO UBEDA MAESO EXPERTO SEPR - [#2173] Viernes, 05 Abril 2024
Estimado señor,

Desde un punto de vista legal, tal vez no tenga usted mucho margen de maniobra. En lo referente a urbanismo y distancias a distintos tipos de construcciones, en España la línea eléctrica proyectada debe cumplir las condiciones establecidas en el Real Decreto 1955/2000 y en el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión (Real Decreto 3151/1968). Si tales condiciones se cumplen, carecería usted del respaldo legal necesario para oponerse a la instalación proyectada.

En lo referente a la protección radiológica, en España la legislación vigente de protección del público ante campos electromagnéticos (Real Decreto 1066/2001) solo establece restricciones a la exposición a señales de radiocomunicación. Por lo tanto, no existen límites legales para la exposición del público a los campos de 50 Hz emitidos por líneas eléctricas. No obstante, el texto del citado Real Decreto aconseja (no impone) que este tipo de exposición no supere el valor de 100 microteslas (µT). Pero en el caso que a usted le afecta, tampoco esa recomendación es relevante como argumento contra la instalación, puesto que aunque el voltaje de la línea fuera muy alto y los cables pasasen directamente sobre la vertical de su vivienda, los niveles de exposición residencial nunca alcanzarían ese umbral de 100 µT.

Atentamente,
Grupo de Trabajo en Radiación No Ionizante, SEPR

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