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¿Es posible hacer radiografías en el domicilio del paciente?

A día de hoy, eso no es posible.

De forma genérica, esta actividad no está justificada ya que en un domicilio existe el riesgo de irradiación a miembros del público. Lo normal es trasladar al paciente a la instalación radiactiva y no al revés. Además, hay que tener en cuenta que existen instalaciones de radiodiagnóstico móviles, legalizadas normalmente, que pueden trasladarse hasta la puerta de la casa del paciente porque están emplazadas justamente en el interior de esos vehículos diseñados ad hoc.  

Además del argumento conceptual arriba expresado existe otro argumento legal, reglamentario, que impide esta actividad por el momento:

Para poder realizar una irradiación de radiodiagnóstico médico se ha de disponer de una instalación radiactiva de ese tipo. El Reglamento (Real Decreto 1085/2009) que regula esa actividad establece que una instalación es el equipo y los  locales o vehículos en los que están instalados.  No es posible, por tanto, legalizar una instalación de rayos X si no hay un local o vehículo que albergue los equipos. Naturalmente, no sirve como "local" el domicilio de un paciente, considerado así, de forma genérica, ya que no resulta posible garantizar que las distancias, blindajes, materiales constructivos, etc. minimicen el riesgo para los profesionales, paciente y público hasta un grado aceptable.

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